El decreto de convocatoria a sesiones extraordinarias del 23 de enero al 28 de febrero
13 de enero de 2023
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El Gobierno nacional oficializó el llamado anunciado el jueves por la portavoz presidencial Gabriela Cerruti. Fue a través del Decreto 17/2023, publicado este viernes en el Boletín Oficial
El Gobierno nacional oficializó la convocatoria a sesiones extraordinarias entre el "23 de enero hasta el 28 de febrero" tal como anunció ayer la portavoz presidencial Gabriela Cerruti, según publicó este viernes el Boletín Oficial.
El Decreto 17/2023 lleva la firma del presidente Alberto Fernández y del jefe de Gabinete Juan Manzur.
El jueves el Poder Ejecutivo confirmó la inclusión en el temario de la convocatoria a sesiones Extraordinarias del Congreso el pedido para someter a juicio político a los jueces de la Corte Suprema de Justicia y anunció el envío de otras iniciativas vinculadas con reformas al sistema judicial, como un proyecto para ampliar el número de integrantes del máximo tribunal, la modificación de la Ley del Consejo de la Magistratura y una norma relacionada al tratamiento del acuerdo requerido para designar al Procurador General de la Nación.
Así fue anunciado en conferencia de prensa desde la Casa Rosada, por la portavoz de la Presidencia, Gabriela Cerruti, y este viernes confirmado en el decreto que convoca a sesiones extraordinarias, para tratar 27 proyectos de ley, publicados en el anexo y entre los que también figuran iniciativas relacionadas con la promoción científica y tecnológica, la creación de universidades nacionales y con el régimen previsional.
En tanto este viernes, en los considerandos se precisa que "se incorporan iniciativas que tienen como objetivo mejorar el sistema de salud, otras que se vinculan con el cuidado del ambiente, y también proyectos para la prevención y represión del lavado de activos, así como regímenes de promoción de energías renovables y fomento al desarrollo agroindustrial, entre otros".
Asimismo destacan que "se propicia el tratamiento del proyecto de ley que modifica la Ley del Consejo de la Magistratura en virtud de lo establecido en los puntos II y III) de la parte resolutiva del fallo dictado en los autos "Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires y otro c/ E.N. -ley 26.080 -dto. 816/99 y otros s/ proceso de conocimiento".
En dicho fallo "la Corte Suprema de Justicia exhortó al Congreso de la Nación para que, en un plazo razonable dictara una ley para organizar el citado Consejo disponiendo que, si ello no sucedía en el plazo de 120 días, el mismo debía integrarse y funcionar, en sus aspectos institucionales más relevantes, conforme una ley fenecida", dice el decreto.
Y recuerda que "dicho plazo se encuentra largamente vencido y, hasta la fecha, el Congreso de la Nación no dio cumplimiento a la medida dispuesta por el Alto Tribunal, por lo que resulta necesario que ello se realice en el menor plazo posible".
Otros de los puntos a tratar van desde el "desarrollo productivo", hasta temas vinculados con el sistema de justicia, como el tratamiento del acuerdo requerido para designar al Procurador General de la Nación, el proyecto de Ley de ampliación del número de integrantes del máximo tribunal, y la iniciativa de modificación de la Ley del Consejo de la Magistratura.
En tanto el proceso de remoción de los supremos abordará dos cuestiones: la primera es la declaración de inconstitucionalidad de la Ley 26.080 que rigió el funcionamiento del Consejo de la Magistratura durante 16 años y que fue reemplazada, por decisión de la Corte, por la derogada Ley 24.937, y la otra cuestión es el análisis de medida cautelar que restituyó fondos coparticipables para la Ciudad de Buenos Aires (CABA).