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El Gobierno amplió la emisión de bonos para hacer frente a la medida cautelar de la Corte


27 de febrero de 2023

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Es para hacer frente a la medida cautelar de la Corte Suprema de Justicia que elevó del 1,4% al 2,95% la alícuota correspondiente a la ciudad de Buenos Aires en concepto de distribución de recursos del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos

El Ministerio de Economía dispuso la ampliación de la emisión de los bonos TX31 por un monto equivalente a $ 98.500 millones para hacer frente a la medida cautelar de la Corte Suprema de Justicia que elevó del 1,4% al 2,95% la alícuota correspondiente a la ciudad de Buenos Aires en concepto de distribución de recursos del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos.

La medida se formalizó a través de la resolución conjunta 9/2023 de las secretarías de Hacienda y de Finanzas de la cartera económica publicada este lunes en el Boletín Oficial, en cumplimiento a lo solicitado por la Jefatura de Gabinete mediante la resolución administrativa 1282 del 26 de diciembre del año pasado.

La medida "entra en vigencia a partir de su dictado", según lo indicado en su artículo 3, y, dentro de dos días hábiles, la Secretaría de Finanzas, a través de la Oficina Nacional de Crédito Público solicitará al Banco Central la transferencia de los "Bonos del Tesoro Nacional en Pesos ajustado por CER 2,50% Vencimiento 30/11/2031", denominados TX31, por el total de Valor Nominal Original (VNO) de $ 65.382.679.179, se detalló en el anexo.

Como el valor técnico a la fecha de entrada en vigencia de la D.A. 1282/2022 fue de $ 1.506,5152 por cada mil pesos de valor nominal original, este tiene un valor equivalente a los $ 98.500 millones señalados.

En los considerandos de la resolución conjunta, se explica que la ampliación del bono se dispuso debido a que "ni en el presupuesto de 2022 ni en la ley 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para 2023 se previeron partidas presupuestarias para sufragar el gasto derivado de la medida cautelar dictada en los autos mencionados" y la cautelar de la Corte se dio a conocer luego de la sanción de la ley de Presupuesto para este año.

La Dirección de Administración de la Deuda Pública (DADP) comunicará al Banco Nación el valor técnico diario de los Bonos TX31 para el período disponible en función de la información publicada por el Banco Central desde el 26 de diciembre de 2022, fecha de entrada en vigencia de la decisión administrativa 1282/2022.

El Banco Nación calculará diariamente la diferencia entre el 2,95% y el 1,4%, en tanto para determinar el VNO de los bonos equivalente al monto en pesos de ese diferencial, aplicará el valor técnico informado por la DADP del día hábil anterior a la fecha de cálculo.

Una vez cumplido con ese cálculo, transferirá los bonos a la cuenta comitente de la Ciudad abierta a tales fines.

"En el caso de que la ciudad de Buenos Aires no dispusiera la apertura de la cuenta, el BNA procederá a abrir una cuenta transitoria para depósitos judiciales", se indicó en el anexo de la resolución.

El mismo criterio se utilizará para los días que se hallaren pendientes de transferir al momento de la entrada en vigencia de la resolución.

Los detalles de la Ley de Coparticipación Federal de Impuestos

La ley 23.548 de Coparticipación Federal de Impuestos fue sancionada en enero de 1988, cuando la entonces Capital Federal no contaba con autonomía, por lo que - junto al por entonces Territorio Nacional de Tierra del Fuego- no forma parte de la distribución secundaria, que establece las alícuotas correspondientes a las provincias.

El artículo 8 de la ley estableció que la Nación "entregará a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y al Territorio Nacional de Tierra del Fuego una participación compatible con los niveles históricos, la que no podrá ser inferior en términos constantes a la suma transferida en 1987".

Una vez establecida la autonomía de CABA, su alícuota se dispuso por decreto y por fuera de la distribución secundaria, comenzando con un 1,4% que luego, en la Presidencia de Mauricio Macri, fue elevada al 3,75% y posteriormente reducida al 3,50%.

Ese último porcentaje continuó con vigencia hasta septiembre de 2020, cuando el presidente Alberto Fernández dispuso su reducción al 2,32%, que luego, a través de la ley 27.606, volvió a fijarse en el 1,4% original. 

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