Ganancias: se promulgó la ley que sube el tope no imponible
21 de abril de 2021
Esta mañana entró en vigencia el cambio que alivia a 1,2 millones de trabajadores. También se conocieron las nuevas escalas del Monotributo.
El Gobierno promulgó esta mañana la ley que modifica el Impuesto a las Ganancias y el Monotributo, en un cambio que afecta a 1.2 millones de personas que se verán beneficiadas por las nuevas alícuotas.
El texto, que había sido aprobado en el Congreso de la Nación a principios de abril, dispone que los empleados que cobren hasta 150 mil pesos dejarán de pagar Ganancias, mientras que quienes estén en el rango del mencionado monto y los 173 mil pesos tendrán un alivio fiscal en el cual será la Agencia Federal de Ingreso Públicos (AFIP) la que incremente las deducciones para que no existan diferencias sustanciales entre los que deben pagar el impuesto y los que no.
La nueva ley además es retroactiva al 1 de enero, por lo que se hará efectiva con los sueldos a partir de este mes. En efecto, se devolverá el dinero que se descontó de los sueldos en el primer trimestre y quedará fuera del cálculo del gravamen el aguinaldo de los que están beneficiados con la medida.
Asimismo, se estableció que la actualización del piso para estar exento de Ganancias se ajustará por el RIPTE (promedio de variación salarial que elabora la de Secretaria de Seguridad Social).
El proyecto había sido impulsado por el titular de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, y tuvo un amplio apoyo por parte de todo el arco político en un consenso inusual para estas épocas. “Es un alivio para una clase media que viene muy vapuleada”, manifestó Massa. ”Esta es una demanda histórica de trabajadores y clase media. Es el recorte más fuerte del impuesto a las ganancias. Cumplimos la palabra empeñada”, agregó el bonaerense.
Por otra parte, la ley establece que para que un jubilado quede exento de pagar el tributo debe ganar menos de 8 haberes mínimos (equivalente a $165.000), y no puede tener otros ingresos distintos a la de la jubilación. En ese sentido, si por ejemplo el beneficiario tiene intereses de un plazo fijo, pierde el beneficio. Otra modificación que trae la nueva norma tiene que ver con los concubinos. Hasta ahora, la ley permitía deducir para el impuesto a las Ganancias solamente al cónyuge. Sin embargo, esa deducción se amplió al “concubino o concubina”.
Por su parte, también se promulgó “el régimen de sostenimiento e inclusión fiscal para pequeños contribuyentes”. La ley que reforma el Monotributo, dispone actualizar los topes de cada categoría y crea un puente para facilitar el ingreso del contribuyente al denominado Régimen General de la AFIP.
-Categoría A: el monto facturado anual mínimo pasa de $208.000 a $282.445,08. En tanto, el monto mensual a abonar sube de $1.955,68 a $2.646,23 ya sea para los que se dediquen a los servicios como a la venta de bienes.
-Categoría B: en este caso, el monto asciende de $313.108,89 a $423.667,61. El monto mensual a abonar pasa de $2.186,80 a $2.958,96 para servicios y bienes.
-Categoría C: el tope pasa de $417.478,51 a $564.890,17. El monto mensual a abonar suben de $2.499,91 a $3.382,63 para servicios y de 2.457,65 a $3.325,45 para bienes.
-Categoría D: el monto pasa de $626.217,78 a $847.335,28. Mientras que las cuotas para servicios pasan de $3.988,56 a $3.894,72 para servicios y bienes.
-Categoría E: el monto facturado anual mínimo se eleva de $834.957 a $1.129.780,32 y las cuotas ascienden de $3.872,18 a $5.239,45 en servicios y de $3.482,04 a $ 4.711,55 en bienes
-Categoría F: el tope de facturación pasa de $1.043.696,27 a $1.412.225,42, mientras que las cuotas para servicios pasan de $4.634,89 a $6.271,47 en servicios y de $4.003,69 a $5.417,39 en bienes.
-Categoría G: el monto pasa de $1.252.435,53 a $1.694.670,52 y las cuotas ascienden de $5.406,02 a $7.314,89 en servicios y de $4.558,61 a $6.168,26 en bienes.
-Categoría H: el monto facturado anual mínimo pasa de $1.739.493,79 a $2.353.709,05. Mientras que el total a pagar aumenta de $9.451,93 a $12.789,41 en el rubro servicios y de $ 7.886,41 a $10.671,10 en bienes muebles.
-Categoría I: en este caso, que solo es para bienes, sube de $2.043.905,21 a $2.765.608,14 y las cuotas, de $11.336,71 a $15.339,70.
-Categoría J: el máximo pasa de $ 2.348.316,62 a $ 3.177.272,39 y la cuota mensual se incrementará de $ 13.019,83 a $ 17.615,83.
-Categoría K: se trata de la más alta de todas y también es para bienes. El tope de $2.609.240,69 asciende a $3.530.563,58, y la cuota mensual de $14.716,41 sube a $19.912,77.

